Condiciones Particulares de Vuelos

De Centro de Ayuda

Tabla de contenidos

COMPRA

Compra inmediata

En nuestra web no existe la opción de “solo reservar”.

Todas las reservas de vuelos realizadas en Atrapalo.com se entienden como compras inmediatas y confirmadas de billetes de avión, por lo que una vez realizadas, realizaremos la emisión inmediata de los billetes y el consiguiente cobro de los mismos.

Al realizar la compra estarás dando tu conformidad expresa con respecto al nombre de los pasajeros, fechas, vuelos y tarifas.

Importante:

Posteriormente estos precios son susceptibles de sufrir variaciones por la fluctuación de las divisas respecto al cambio aplicado en la fecha de reserva.

En caso que hayas seleccionado la forma de pago mediante transferencia bancaria/ingreso a cuenta, Atrapalo no puede hacerse responsable de variación de la tarifa aérea en caso de no recibir a tiempo en nuestro entidad bancaria la transferencia del importe total de la reserva.

Problemas en la emisión

En caso de que la emisión no pueda realizarse porque el banco emisor de la tarjeta no autorice el cargo o por errores en el número o fecha de caducidad, Atrápalo tratará de contactar con los clientes para solucionar el problema; pero en ningún se hará responsable de los problemas derivados de potenciales cancelaciones de la reserva que la compañía aérea o el propio sistema pueda hacer de forma automática por exceder el tiempo límite de emisión.

Garantía de seguridad

Con el objetivo de garantizar la seguridad del cliente, Atrápalo se reserva el derecho a solicitar al titular de la tarjeta una autorización firmada, junto con fotocopia de la misma y del DNI o Pasaporte para garantizar su identidad. La no presentación a tiempo de esta información hará que la reserva se cancele sin garantía de poder recuperarla.

Precio

El precio total indicado en el proceso de la compra incluye las tasas de aeropuerto, gastos de emisión o cualquier otro servicio contratado. No incluye los gastos de visados ni las tasas de salida de un territorio, que tengan que ser abonadas en ese mismo momento en moneda local o en dólares USA en ese territorio.

Condiciones de cambios y cancelación

Las condiciones de cambios y cancelación de la tarifa reservada se muestran durante el proceso de reserva y el cliente las acepta activamente, por lo que Atrapalo.com se exime de cualquier responsabilidad derivada de la no lectura u omisión de dichas condiciones por parte del cliente.

La mayoría de reservas no permiten realizar ni cambios ni cancelaciones y en el caso de que estén permitidos por parte de la compañía aérea, llevan asociados unos cargos de gestión por el servicio.

Los billetes aéreos son formalizados directamente entre la compañía aérea y los clientes, actuando Atrapalo en todo momento como intermediaria y siendo las compañías aéreas las que imponen expresamente las condiciones de sus tarifas. La mayoría de las compañías aéreas, establecen que, en caso de que el viajero no se presente en el trayecto de ida, la compañía aérea cancelará automáticamente el regreso del vuelo al considerarse como NO PRESENTADO y que en tal caso los clientes perderán el 100% del importe pagado así como la posibilidad de recuperar las plazas.

Los cambios de nombre no están permitidos. Te pedimos especial atención al escribir los nombres y apellidos de los pasajeros, que deben coincidir con los que ponga en la documentación que presenten en el aeropuerto el día de la salida del vuelo. Si los datos no coinciden se les puede denegar el embarque. Atrapalo.com no puede responsabilizarse de los problemas derivados de errores en los nombres de los pasajeros.

Lo único que podemos hacer en Atrapalo en caso de que el nombre no sea correcto es cancelar la reserva y tramitar el reembolso del billete, siempre y cuando las condiciones de la tarifa aérea reservada lo permitan.

Reconfirmación de vuelos

En vuelos transcontinentales el viajero debe reconfirmar con las líneas aéreas sus vuelos con una antelación de 72 horas a la salida del mismo. En caso contrario, la compañía puede cancelar la reserva. Reconfirma 48 horas antes tus vuelos nacionales o por Europa en todo momento en www.viewtrip.com (introduciendo el nº de reserva y los apellidos del billete).


Descuento de residentes

No se aplicará el descuento de residente en las reservas en las que no se haya solicitado con anterioridad a la emisión de los billetes.

Descuento de familia numerosa

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.1 del Reglamento de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, los miembros de familias numerosas que tengan reconocida oficialmente tal condición, podrán beneficiarse de una reducción del cinco por ciento si están clasificadas en la categoría general y de un diez por ciento si lo están en la categoría especial, sobre las tarifas por servicios regulares nacionales de transporte aéreo, registradas y publicadas de acuerdo con las normas establecidas sobre la materia.


Para tener consideración de familia numerosa a los efectos de obtener la bonificación por familia numerosa prevista en la Orden del Ministerio de Fomento 3837/2006, los miembros de la unidad familiar deberán ser españoles o nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o de alguno de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Noruega, Leichensetein e Islandia) y tener su residencia en territorio español, o, si tienen su residencia en otro Estado miembro de la Unión Europea o que sea parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que, al menos, uno de los ascendientes de la unidad familiar ejerza una actividad por cuenta ajena o por cuenta propia en España y disponer de un documento de familia numerosa expedido por una de las Comunidades Autónomas españolas.


Los miembros de la unidad familiar, nacionales de otros países, tendrán, a los efectos de la Ley 40/2003, derecho al reconocimiento de la condición de familia numerosa en igualdad de condiciones que los españoles, siempre que sean residentes en España todos los miembros que den derecho a los beneficios a que se refiere esta Ley y para poder ser beneficiarios del descuento por familia numerosa deberán disponer de un documento de familia numerosa expedido por una de las Comunidades Autónomas españolas.


Según el artículo 4 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, tendrán la consideración de familia numerosa de: (i) régimen especial, las de 5 hijos o más y las de 4 hijos de los cuales al menos 3 procedan de parto, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo múltiples, así como las unidades familiares con 4 hijos cuando los ingresos anuales de las mismas, divididos por el número de miembros que la componen, no superen el cómputo anual del 75% del salario mínimo interprofesional vigente (incluidas las pagas extraordinarias); y (ii) de régimen general, las restantes unidades familiares. Debe tenerse en cuenta que cada hijo discapacitado (con un grado de minusvalía igual o superior al 33%) o incapacitado para trabajar (que tenga reducida su capacidad de trabajo en un grado equivalente al de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez) computará como dos para determinar la categoría de la unidad familiar.


La obtención de las bonificaciones a que se refiere esta Orden será compatible, y en su caso, los porcentajes correspondientes serán acumulables a los de las bonificaciones establecidas para el transporte aéreo de los residentes en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla, reguladas por sus normas especiales.


En ningún supuesto se podrá bonificar el mayor importe que sobre las tarifas supongan los precios de las tarifas de clase superior en los servicios de transporte aéreo, conforme a los mismos criterios establecidos en las normas reguladoras de las bonificaciones establecidas para el transporte aéreo a los residentes en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla. Tampoco se admitirá la bonificación de las tarifas en trayectos con escalas fuera del territorio nacional.


Los pasajeros que dispongan de billete aéreo electrónico bonificado deberán viajar provistos del documento en vigor que acredite su condición de familia numerosa, es decir, el título oficial de familia numerosa o documento individual.


El pasajero que viaje con un billete aéreo bonificado, cualquiera que sea su forma de emisión, deberá acreditar, en el momento de facturación, embarque, o en cualquier momento del trayecto, su identidad mediante el documento nacional de identidad o documento equivalente, en vigor.


Si el pasajero no pudiese acreditar su identidad o, en su caso, la condición de miembro de familia numerosa, o bien sus datos no coincidiesen con los del titular que figura en el billete, no podrá efectuar el viaje correspondiente con dicho billete. El pasajero es el único y exclusivo responsable de los datos por él cumplimentados, así como de llevar al aeropuerto la documentación que acredite su condición de familia numerosa.


Vuelos directos con paradas técnicas no reflejadas

En algunos casos se pueden mostrar vuelos que tengan paradas técnicas sin reflejar y que conlleven, ocasionalmente, un cambio de avión o un tiempo de espera en el aeropuerto. Durante el proceso de compra aparecerá indicado en pantalla que el vuelo realiza una parada técnica siempre que la compañía vuelque la información en el sistema.

Compra con distintas compañías aéreas para cada trayecto

Atrapalo.com ofrece la posibilidad de realizar compras con distintas compañías aéreas para la ida y para el regreso. En estos casos cada uno de los trayectos son independientes. El hecho de que una de las compañías aéreas modifique o cancele la operativa de su vuelo, no implica que la otra compañía aérea, ni Atrapalo.com, se responsabilicen de modificar o cancelar, sin gastos, el otro trayecto contratado.

Durante el proceso de la compra, existe la posibilidad de que alguno de los trayectos no pueda llegar a confirmarse por problemas de conexión con la compañía aérea o por denegación del cobro por parte de su tarjeta, en este caso, si el otro trayecto es de LOW COST, se emitirá automáticamente y si deseas cancelarlo deberás contactar, directamente, con la compañía aérea.

Autenticidad de datos facilitados y garantía de fondos suficientes del pago

El cliente es el único responsable de que la información facilitada sobre los datos de la tarjeta bancaria sean auténticos y válidos para asumir el cargo realizado correspondiente a la compra de vuelos.

En caso de que el cargo sea retrocedido o denegado por parte de la entidad bancaria, Atrapalo.com procederá a la cancelación de los vuelos contratados. Es responsabilidad del cliente informarnos de cualquier tipo de cambio en los datos originales facilitados.

GASTOS

Gastos de gestión

Atrapalo.com cobrará al cliente gastos de gestión además de la penalización de la compañía aérea y cambio de tarifa en el caso que la hubiera, por los servicios especiales que preste, adicionalmente a la emisión de los billetes:


- Por reemisiones solicitadas por los pasajeros: 20 euros por pasajero.

- Por reembolsos voluntarios: 20 euros por pasajero.


A excepción de los reembolsos y reemisiones de las compañías British Airways y Lufthansa, en este caso se cargarán 35 euros por pasajero y/o en caso de que autoricen cambios de nombre que será de 35 euros por pasajero.


Cargos de emisión de billetes e importe del seguro de anulación

Los gastos de gestión e importe del seguro de anulación: se cobran por la gestión de la emisión de los billetes y en caso de adherirse al seguro de anulación, dicho gasto e importe no son reembolsables en ningún caso posteriormente a la emisión de los billetes.

DOCUMENTACIÓN Y PARTICULARIDADES DE VUELOS DE IBERIA

Los pasajeros deben estar en posesión de la documentación exigida por las leyes de los países a, desde o a través de los que se vaya a volar, siendo ellos mismos los únicos responsables del cumplimiento de todos los requisitos exigidos en cada caso (pasaporte, visados, DNI).

Vuelos Iberia

Los vuelos entre Madrid y Barcelona o Barcelona y Madrid, series IB 6xxx, son vuelos internacionales, por lo que todos los pasajeros (incluyendo niños y bebes) deben ir provistos del D.N.I y/o pasaporte en vigor. Los vuelos entre Madrid y Canarias series IB 6xxx, son vuelos internacionales por lo que todos los pasajeros (incluyendo niños y bebés) deben ir provistos del D.N.I y/o pasaporte en vigor. Los menores de 18 años que viajen solos en estos vuelos necesitan, además de uno de los documentos indicados, una autorización firmada por los padres o tutores. En estos vuelos, no es válida la Tarjeta de Residente (NIE) si no va acompañada del pasaporte.

Iberia está exigiendo la documentación (DNI o pasaporte) a todos los que, según la legislación española, están obligados a llevarla.

Por ello, dicha documentación no está siendo exigida a los menores de 14 años que viajen en vuelos nacionales y que vayan acompañados por adultos debidamente documentados, pues de acuerdo con la actual legislación, dicha documentación no es preceptiva. No obstante, aquellos menores que viajen solos deberán ir debidamente identificados con DNI o Pasaporte, además de llevar la correspondiente autorización paterna o familiar.

Vuelos con series desde IB 5000 - 5999 (Operados por Vueling)

Resumen de las condiciones más comunes de vuelos de VUELING:

NIÑOS de 2 a 13 años no tienen descuento como menor, deben abonar una tarifa de adulto.

Los billetes no admiten cancelaciones ni reembolso.

Los cambios de fecha o ruta son permitidos con una penalización de 35€ por trayecto y pasajero al cual se tendrá que añadir cualquier diferencia en el coste total del vuelo aplicable en el momento en que se realiza el cambio (si la tarifa disponible es inferior en el vuelo nuevo, no se abonará ningún reembolso).

No es posible la petición de ningún servicio especial en este tipo de vuelos, ni tampoco el transporte de mascotas.

No se admiten menores no acompañados.


Facturación y embarque

El pasajero obtendrá su tarjeta de embarque en los mostradores de Vueling o en los señalados al efecto, desde dos horas antes de la hora de la salida programada del vuelo hasta 30 minutos antes de la salida del vuelo.


Equipaje facturado

En cabina, puedes llevar 1 pieza de equipaje de mano de hasta 10 kg de peso, con unas dimensiones máximas de 55x40x20 cm.

Pasajero adulto/a o niño/a, 23 kilos, para equipaje facturado.

Bebés no se contempla franquicia de equipaje.

Vuelos con destino o escala a Estados Unidos y Puerto Rico

El Dpto. de Inmigración de EEUU tiene derecho a pedir los datos personales del viajero, tales como: nombre y apellidos, histórico de la reserva (cambios), itinerario, información sobre los vuelos y Compañías Aéreas, Agencia de Viajes u oficina donde se hizo la reserva, contacto, número de billete, forma de pago, número de asiento, observaciones, etc.

La Comisión Europea ha informado a las Compañías Aéreas de haber recibido garantías de la Administración de Estados Unidos sobre el uso apropiado de dicha información.

Documentación

Para todas aquellas personas que viajen o hagan tránsito en EEUU o Puerto Rico, es obligatorio llevar una de estas documentaciones:

· El Nuevo Pasaporte de lectura mecánica: Estos pasaportes de lectura mecánica tendrán que ser individuales, es decir, serán obligatorios tanto para adultos como para niños o bebés. El Ministerio del Interior está expidiendo desde el 25 de julio de 2004 este nuevo modelo, aunque no lo hace en todas sus oficinas.

· Si se opta por viajar con el modelo antiguo de pasaporte, será obligatorio obtener un visado de lectura mecánica a través de la Embajada de Estados Unidos en Madrid.

· También, se podrá optar por llevar el pasaporte de modelo antiguo con aquellos visados sellados por la Embajada de Estados Unidos cuya validez estuviera reflejada como indefinida. Éstos visados podrán ser utilizados sólo una vez, y al llegar a EEUU o Puerto Rico las autoridades competentes lo anularán y avisarán de que, en caso de volver a EEUU o Puerto Rico, se debe llevar la nueva documentación. Las personas entre 16 y 60 años tendrán que concertar una entrevista personal en dicha Embajada.

Continúa siendo imprescindible el visado que expide la Embajada de EEUU para todos aquellos pasajeros que, aún siendo nacionales de los países acogidos al Programa de Exención de Visado, en este caso España, viajen a Estados Unidos o Puerto Rico para estancias superiores a los 90 días, o para estancias inferiores cuando se viaje por motivos de estudios, trabajos temporales, visitantes de intercambio, miembros de órdenes religiosas, artistas y periodistas y representantes de los medios de comunicación.

Recomendamos a todos los clientes que si tienen intención de viajar a EEUU o Puerto Rico en los próximos meses, en la medida de lo posible vayan actualizando sus pasaportes con el Nuevo Modelo de lectura mecanizada.

Para más información sobre la expedición del nuevo modelo de pasaporte, el Ministerio del Interior ha habilitado el siguiente teléfono: 902.100.170. También se puede consultar la página www.mir.es

Sobre la expedición de visados, la Embajada Americana ha puesto a disposición de los ciudadanos el siguiente teléfono:

906.421.431 (con un coste adicional)

+34.91.411.5948 (desde fuera de España)

También se puede consultar la página www.embusa.es

Si no dispones de esta documentación a partir del 26 de octubre de 2004, la Compañía Aérea se verá obligada a denegar la realización del viaje. Por otra parte, las auroridades americanas y de Puerto Rico también podrán rechazar la entrada a todos aquellos pasajeros que no se ajusten a esta normativa.

Vuelos de Compañías Aéreas Transcontinentales (en rutas europeas)

Es necesario que los ciudadanos europeos presenten el DNI o Pasaporte en vigencia. Los ciudadanos de otras nacionalidades tienen que reconfirmar directamente con la línea aérea si en su caso es necesario Pasaporte o Visado.

Atrapalo.com no se responsabiliza de la no aceptación del pasajero en el vuelo en caso de no tener la documentación necesaria.

CAMBIOS Y/O CANCELACIONES DE VUELOS

Atrapalo.com no puede responsabilizarse de cambios o cancelaciones de vuelos por parte de las compañías aéreas. Cualquier tipo de cambio de horario, cancelación o modificación de los vuelos contratados es responsabilidad de la compañía aérea.

Nuestra forma de aviso al cliente, siempre que la compañía aérea de línea regular nos avise con la suficiente antelación de cualquier cambio o cancelación de operativa de los vuelos contratados originalmente, será vía e-mail, por tanto, es importante que en el momento de la compra nos indiques correctamente este dato y consultes diariamente tu e-mail.

Es necesario reconfirmar el estado de tus vuelos 48 horas antes de la salida, contactando directamente con la compañía aérea.

CONDICIONES DE CONTRATO Y OTROS AVISOS IMPORTANTES (CON COMPAÑÍAS AÉREAS DE LÍNEA REGULAR)

INFORMACIÓN EXCLUSIVA DE IATA Logo Iata

AVISO

Si el viaje del pasajero termina o tiene una escala en un país que no sea el de salida, puede aplicarse el Convenio de Varsovia (Convenio para la Unificación de ciertas Reglas relativas al Transporte Aéreo Internacional, firmado en Varsovia el 12 de octubre de 1929, o dicho Convenio tal como fué modificado en La Haya el 28 de septiembre de 1955, según sea el caso), rigiendo dicho Convenio y, en la mayoría de los casos, limitando la responsabilidad de los transportistas por muerte o lesiones personales, así como por pérdida del equipaje o daños al mismo. Véase también el aviso titulado “Aviso a los Pasajeros Internacionales sobre limitación de Responsabilidad” y “Aviso sobre limitaciones de Responsabilidad por Equipaje”.


Condiciones del contrato

1. A los efectos de este contrato, “billete” significa “billete de pasaje y talón de equipaje”, o este Itinerario/Recibo en su caso, si se trata de un billete electrónico, del que forman parte las presentes condiciones y avisos; “transportista” significa todo transportista aéreo que transporte o se comprometa a transportar al pasajero o su equipaje en virtud de este contrato, o que realice cualquier otro servicio relacionado con dicho transporte aéreo, “billete electrónico” significa el Itinerario/Recibo emitido por o en nombre del transportista, los Cupones Electrónicos y, en su caso, un documento de embarque. “Convenio de Varsovia” significa el Convenio para la Unificación de ciertas Reglas relativas al Transporte Aéreo Internacional, firmado en Varsovia el 12 de octubre de 1929, o dicho Convenio tal como fué modificado en La Haya el 28 de septiembre de 1955, según sea el caso.

2. El transporte realizado en virtud de este contrato está sujeto a las normas y limitaciones relativas a responsabilidad establecidas por el Convenio de Varsovia a menos que el transporte no sea “transporte internacional” según se define en dicho Convenio.

3. En tanto no se halle en contraposición con lo anterior, todo transporte realizado y demás servicios prestados por cada transportista estarán sometidos a: 1) las disposiciones que figuran en este billete, 2) las tarifas aplicables, 3) las condiciones de transporte establecidas por el transportista y las reglamentaciones conexas que forman parte de este contrato (y que pueden ser consultadas en las oficinas del transportista), excepto en el caso de transporte realizado entre un punto de los Estados Unidos o Canadá y cualquier punto fuera de dichos países, para el cual serán de aplicación las normas vigentes en dichos países.

4. El nombre del transportista puede aparecer abreviado en el billete, siempre que el nombre completo y su abreviatura figuren en los manuales, condiciones de transporte, reglamentos u horarios del transportista; la dirección del transportista es la del aeropuerto de salida que figura en el billete frente a la primera abreviatura del nombre del transportista; las escalas convenidas son aquellos puntos que se indican en este billete o que figuren en los horarios del transportista como escalas previstas en el itinerario del pasajero; el transporte a realizar en virtud de este contrato por varios transportistas sucesivos se considerará como una sola operación.

5. El transportista que emite un billete para transporte por las líneas de otro transportista, actúa sólo como agente de éste.

6. Cualquier exclusión o limitación de responsabilidad del transportista se aplicará y beneficiará a sus agentes, empleados y representantes, y a cualquier persona cuya aeronave utilice el transportista para el transporte, y a sus agentes, empleados y representantes.

7. El equipaje facturado será entregado al portador del talón de equipaje. En el caso de daños al equipaje en transporte internacional deberá presentarse por escrito la oportuna reclamación al transportista inmediatamente después de descubrirse el daño, y a lo sumo, dentro de los 7 días siguientes a la fecha de entrega en caso de retraso, la reclamación deberá presentarse dentro de los 21 días siguientes a la fecha en que fuera entregado el equipaje. Veánse los manuales o condiciones aplicables para el transporte no internacional.

8. Este billete es válido por un año desde la fecha de emisión, a menos que se estipule otra cosa en el propio billete, en los manuales de tarifas del transportista, en las condiciones de transporte o en los reglamentos aplicables. La tarifa para el transporte realizado en virtud del presente contrato está sujeta a modificatión antes de iniciarse el viaje. El transportista puede negarse a efectuar el transporte si la tarifa aplicable no ha sido pagada.

9. El transportista se compromete a esforzarse todo lo posible para transportar al pasajero y equipaje con diligencia razonable. Las horas indicadas en los horarios o en cualquier otra parte no se garantizan ni forman parte de este contrato. En caso de necesidad y sin previo aviso, el transportista puede hacerse sustituir por otros transportistas, utilizar otros aviones y modificar o suprimir escalas previstas en el billete. Los horarios están sujetos a modificación sin previo aviso. El transportista no asume la responsabilidad de garantizar los enlaces.

10. El pasajero deberá cumplir los requisitos gubernamentales del viaje y presentar los documentos de salida, entrada y demás exigidos, así como llegar al aeropuerto a la hora señalada por el transportista o, si no se hubiera fijado ninguna, con la antelación suficiente que le permita cumplimentar los trámites de salida.

11. Ningún agente, empleado o representante del transportista tiene autoridad para alterar, modificar o renunciar a cualquiera de las disposiciones de este contrato.

NOTA. – En transporte doméstico español la responsabilidad del transportista queda limitada de acuerdo con la Ley de Navegación Aérea de 21 de Julio de 1960 y R. Decreto 2333/1983, de 4 de Agosto.

Aviso a los pasajeros internacionales sobre limitación de responsabilidad

Se informa a los pasajeros que realicen viajes en los que el punto de destino o una o más escalas intermedias se efectúen en país que no sea el de origen de su vuelo, que pueden ser de aplicación a la totalidad de su viaje, incluida cualquier parte del mismo comprendida íntegramente dentro de los países de origen o de destino, las disposiciones del Convenio de Varsovia.

Para aquellos pasajeros que viajan hacia, desde o con una escala prevista en los Estados Unidos de América, dicho Convenio y las especiales condiciones del transporte incorporadas a las tarifas aplicables establecen que la responsabilidad de los transportistas que han suscrito esos contratos especiales está limitada, en la mayoría de los casos de muerte o lesiones personales de los pasajeros, a daños comprobados que no excedan de 75.000 US$, por pasajero, (*) y que esa responsabilidad hasta el límite mencionado, no dependerá de negligencia por parte del transportista. En el caso de aquellos pasajeros que viajan utilizando los servicios de un transportista que no haya suscrito dicho contrato especial, o en un viaje que no origine, finalice, o tenga una parada prevista en algún lugar de los Estados Unidos de América la responsabilidad del transportista por muerte o lesiones de un pasajero está limitada, en la mayoría de los casos, aproximadamente, a 10.000 ó 20.000 US$.

Los nombres de los transportistas que han suscrito dichos contratos especiales están a disposición del público en todas las oficinas de billetes de dichos transportistas y podrán ser examinados previa solicitud. Por lo general, se puede conseguir una protección adicional suscribiendo una póliza de seguros con una compañía privada del ramo. Este seguro no está afectado por limitaciones de responsabilidad del transportista derivadas del Convenio de Varsovia o de dichos contratos especiales de transporte. Para obtener información complementaria le rogamos consulte a su compañía aérea o a su compañía de seguros.

  • Nota. – En el límite de responsabilidad citado de 75.000 US$ están incluidos las costas y honorarios, excepto en los casos de demandas presentadas en estados donde las sentencias fijen por separado dichas costas y honorarios, en los que el límite será la suma de 58.000 US$, con exclusión de costas y honorarios.

Aviso sobre limitación de responsabilidad por equipaje

La responsabilidad por pérdida, retraso o daño del equipaje está limitada, a menos que se haya declarado un valor más alto y hayan sido pagados los cargos adicionales. Para la mayoría de los viajes internacionales (incluidos tramos domésticos de recorridos internacionales) el límite de responsabilidad es aproximadamente 9,07 US$ por libra (20,00 US$ por kilo) para el equipaje facturado y en 400 US$ por pasajero para el equipaje no facturado.

Para viajes realizados totalmente entre puntos de los Estados Unidos el límite mínimo de responsabilidad es de 2.500 US$ por pasajero.

Para ciertos tipos de artículos no puede declararse una valoración superior. Los transportistas no aceptan responsabilidad por artículos frágiles, valiosos o perecederos. Puede obtenerse información adicional del transportista.

Equipaje

Equipaje facturado: En general, el pasajero podrá facturar su equipaje sin ningún coste adicional. El límite de equipaje varía según la compañía, la clase y la ruta. Así mismo las compañías podrán aplicar un cargo extra por exceso de equipaje.

Atrapalo.com no puede garantizar que un billete emitido con una compañía aérea pero que intervienen más compañías en alguno de los trayectos, permita la facturación del equipaje desde el origen a destino, ya que en ocasiones es necesario recoger el equipaje en alguna de las cuidades donde hace escala y volver a facturarlo hasta el destino final.

Equipaje de mano: En general, el pasajero podrá llevar su equipaje de mano en cabina sin ningún coste adicional. El límite de dicho equipaje varía según la compañía, la clase y el tipo de avión. Se recomienda que el equipaje de mano sea el mínimo posible.

Para mayor información se recomienda contacta con la compañía aérea o agente de viajes. Para más información puedes dirigirte a www.iata.org/bags.

Aviso a los pasajeros sobre impuestos, derechos y tasas gubernamentales

El precio de este billete puede incluir impuestos, derechos y tasas que han sido establecidos sobre el transporte aéreo por autoridades gubernamentales. Estos impuestos, derechos y tasas, que pueden configurar una porción significativa del costo del transporte aéreo, pueden estar incluidos en la tarifa o discriminadas en el casillero “Impuesto/Derecho/Cargos” del billete. También se podrá requerir del pasajero que abone impuestos, derechos y tasas que no hayan sido cobrados con anterioridad.

El siguiente aviso no se aplica a billetes vendidos en los Estados Unidos para transporte originado en los Estados Unidos NO ADMISION AL VUELO POR OVERBOOKING En aquellos países donde las regulaciones de compensación por no admisión al embarque están vigentes, los transportistas disponen de planes de compensación para aquellos pasajeros que con reserva confirmada se les deniega el embarque, por no disponibilidad de plazas debido al overbooking. Los detalles de estas normas están disponibles en las oficinas de las compañías aéreas.

Facturación en hora

El horario indicado en el billete o Recibo/Itinerario es la hora de salida del vuelo. La hora límite de facturación, notificada por la compañía aérea o indicada en los horarios de las mismas, es el último momento en el que le pasajero puede ser aceptado para el vuelo, permitiendo el tiempo necesario para completar todas las formalidades. Los vuelos no pueden quedar abiertos por pasajeros que lleguen tarde, no incurriendo en responsabilidad el transportista en estos casos.

Artículos peligrosos en equipaje

Por razones de seguridad en el equipaje del pasajero no debe haber artículos peligrosos, tales como:

Gases comprimidos – (intensamente refrigerados, inflamables, no-inflamables y venenosos) como butano, oxígeno, nitrogeno líquido, o botellas de aire comprimido para bucear.

Explosivos, municiones, fuegos artificiales y bengalas.

Líquidos y sólidos inflamables tales como combustible, cerillas, pinturas, diluyentes, encendedores.

Materiales radioactivos.

Carteras o maletines con sistemas de alarma incorporados.

Materiales oxidantes tales como cloruro de cal, peróxidos.

Venenosos y substancias infecciosas tales como insecticidas, herbicidas y virus vivos.

Otros artículos peligrosos, tales como materiales imantados, desagradables o irritantes.

En cantidades limitadas pueden llevarse medicinas y artículos de aseo necesarios para el viaje, como atomizadores para el cabello, perfumes o medicinas que contengan alcohol. Muchos de los artículos mencionados pueden ser transportados como mercancía si están empaquetados de acuerdo con la normativa.

Solicita información complementaria, si lo consideras necesario.

Condiciones del contrato

1. El presente billete de pasaje y talón de equipaje, única y exclusivamente es válido para el tráfico doméstico, esto es, para el transporte en el que el punto de salida y el de destino, así como la escalas intermedias, sean territorio nacional español, quedando sometido en consecuencia, a la legislación española.

2. A los efectos de este contrato ‘billete’ significa ‘billete de pasaje y talón de equipaje’, del cual forman parte las presentes condiciones y avisos; ‘transportista’ significa todo porteador aéreo que transporte o se comprometa a transportar al pasajero o su equipaje en virtud de este contrato, o que realice cualquier otro servicio relacionado con dicho transporte aéreo; ‘Ley de Navegación Aérea’ significa la Ley 48/1960 de 21 de julio sobre Navegación Aérea. (‘Boletín Oficial del Estado’, n.º 176, de 23 de julio de 1960).

3. El transporte realizado en virtud de este contrato está sujeto a las normas y limitaciones relativas a responsabilidad establecidas por la Ley de Navegación Aérea, y R. Decreto 2333/1983, de 4 de agosto.

La responsabilidad del transportista por muerte, lesiones o cualquier otro daño corporal sufrido por el viajero está limitada por la Ley de Navegación Aérea en su articulo 117. La responsabilidad por destrucción, pérdida, avería o retraso de los equipajes facturados o de mano está igualmente limitada por la Ley de Navegación Aérea en su articulo 118, a menos que se efectúe previa declaración especial de valor y se pague el consiguiente cargo extra.

4. En tanto no se halle en contraposición con el párrafo anterior, todo transporte realizado y demás servicios prestados por cada transportista estarán sometidos a: 1) Las disposiciones que figuran en este billete. 2) Las tarifas aplicables. 3) Las condiciones vigentes en cada momento para el transporte aéreo.

5. La dirección del transportista es la indicada más abajo. Las escalas convenidas son aquellos puntos que se indican en este billete o que figuren en los horarios del transportista como escalas previstas en el itinerario del pasajero. El transporte realizado en virtud de este contrato por varios transportistas sucesivos se considerará como una sola operación.

6. El transportista que emite un billete para transporte por las líneas de otro transportista, actúa sólo como agente de éste.

7. Las exenciones o limitaciones de responsabilidad del transportista contenidas en el presente billete serán de aplicación a sus agentes, empleados y representantes, así como a cualquier persona cuya aeronave utilice el transportista en la ejecución del transporte y a sus agentes, empleados y representantes.

8. El equipaje facturado será entregado al portador del talón de equipaje. El recibo del equipaje sin protestas del tenedor del talón implica la renuncia a toda reclamación. Las reclamaciones por avería o retraso del equipaje facturado deberán formalizarse por escrito ante el transportista dentro de los diez días siguientes al de la entrega o a la fecha en que debió entregarse.

9. Este billete es válido por un año desde la fecha de emisión a menos que se estipule otra cosa en el propio billete. La tarifa para el transporte realizado en virtud del presente contrato está sujeta a modificación antes de iniciarse el viaje. EI transportista puede negarse a efectuar el transporte en caso de falta de pago de la tarifa aplicable.

10. El transportista se compromete a esforzarse todo lo posible para transportar al pasajero y equipaje con diligencia razonable. Las horas indicadas en los horarios o en cualquier otra parte no se garantizan ni forman parte de este contrato. En caso de necesidad y sin previo aviso, el transportista puede hacerse sustituir por otros transportistas, utilizar otros aviones y modificar o suprimir puntos de parada previstos en el billete. Los horarios están sujetos a modificación sin previo aviso. El transportista no asume la responsabilidad de garantizar los enlaces.

11. El pasajero deberá llegar al aeropuerto a la hora señalada por el transportista, o si no hubiera fijado ninguna, con la antelación suficiente que le permita cumplimentar los trámites de salida.

12. Ningún agente, empleado o representante del transportista tendrá autoridad para alterar, modificar o hacer renuncia de cualquiera de las disposiciones de este contrato.

13. Para el ejercicio de las acciones derivadas del presente contrato de transporte, ambas partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales y Juzgados de Madrid, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

CONDICIONES ESPECIALES VUELOS LOW COST

1. Atrápalo te ofrece la posibilidad de reservar billetes con compañías Low Cost. Los billetes Low Cost no son emitidos por Atrápalo, sino por la compañía aérea, que es la responsable de la información recibida y del servicio prestado.

2. Recibirás un email de confirmación por parte de Atrápalo cuando la compañía aérea haya confirmado tu reserva, con los detalles de tu vuelo.

3. En las reservas con compañías Low Cost encontrarás dos cargos en tu tarjeta: el importe del billete cobrado directamente por la línea aérea y el importe del fee de servicio de reservas cobrado por Atrápalo (no reembolsable bajo ningún concepto). El precio total indicado incluye los dos cargos.

4. En caso de querer realizar cambios o pedir servicios especiales, tendrás que contactar directamente con la compañía aérea. Atrápalo no puede realizar cambios ni reembolsos en las reservas Low Cost. En el email de confirmación que te enviamos tendrás los datos de contacto de la compañía aérea.

5. Ten en cuenta que la mayoría de las compañías aéreas de Low Cost no permiten el transporte de animales domésticos y tienen limitaciones en autorizar Servicios Especiales. Deberás contactar con ellos para poder consultarlo.

6. En el e-mail de confirmación que te enviamos encontrarás los datos de contacto de la compañía aérea correspondiente a tu vuelo.

7. En caso de cambios de horarios y/o cancelaciones de los vuelos, será la compañía aérea el único responsable. Es imprescindible que reconfirmes el estado de tus vuelos 48 horas antes de la salida directamente con la compañía aérea.

8. Los menores de 14 años no pueden viajar sin la compañía de un adulto de 16 o más años, que será el responsable de los niños. A los menores de 14 años que no vayan acompañados no se les permitirá subir al avión.

9. Si desea volar con una compañía aérea low cost (excepto VUELING) para que se le pueda aplicar el descuento por residente deberá contratar directamente los billetes de avión con la compañía low cost de que se trate.

10. Reservas combinadas: Atrapalo.com ofrece la posibilidad de realizar reservas combinando distintas compañías aéreas para la ida y para el regreso. En estos casos cada uno de los trayectos son independientes. El hecho de que una de las compañías modifique o cancele uno de los vuelos no implica que la otra compañía, ni Atrapalo.com, se responsabilicen de modificar o cancelar, sin gastos, el otro trayecto contratado. Existe la posibilidad de que alguno de los trayectos no pueda llegar a confirmarse por problemas de conexión con la compañía aérea o por denegación del cobro por parte de tu tarjeta; en este caso, si el otro trayecto es de bajo coste, se emitirá automaticamente y si deseas cancelarlo deberás contactar directamente con la compañía aérea.


POLÍTICA DE DOCUMENTOS DE IDENTIDAD

1. Todos los viajeros deben estar en posesión de toda la documentación exigida por la compañía aérea, las autoridades de emigración y otras autoridades gubernamentales de los países a, desde, o a través de los cuales vayan a volar, siendo los únicos responsables del cumplimiento de todos los requisitos en cada caso. Multas o gastos incurridos por el no cumplimiento de estos requisitos corren por cuenta del pasajero. Atrápalo recomienda llevar el Pasaporte válido (con los Visados requeridos si fuese necesario) en todos los vuelos.

2. Todos los pasajeros deben presentar un documento de identidad válido, con foto, en el momento de la facturación y en todos los vuelos.

3. Las únicas formas aceptadas de identificación con fotografía para los vuelos Low Cost son:

· Pasaporte válido

· Carnet de identidad emitido por un país del Espacio Económico Europeo (EEE) (Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Islandia, Italia, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos, Portugal, Reino Unido y Suecia, además, Suiza).

· Un carnet de conducir válido, con foto (se acepta sólo en vuelos nacionales en el Reino Unido y en vuelos entre la República de Irlanda y el Reino Unido).

4. Los niños menores de 16 años (incluidos los bebés) que viajen con un adulto deben presentar un documento de identidad con foto en los vuelos entre los países del EEE (excepto vuelos nacionales en el Reino Unido, vuelos entre la República de Irlanda y el Reino Unido y niños alemanes menores de 10 años que utilicen el documento de viaje Kinderausweis emitido por el gobierno). Los documentos de identidad aceptados para menores de 16 años son: un Pasaporte válido o estar incluido en el Pasaporte del padre con quien viaja; o un Carné de Identidad válido emitido por un país EEE. Sólo los menores de 16 años que viajen con un adulto en vuelos nacionales en el Reino Unido o en vuelos entre el Reino Unido y la República de Irlanda pueden viajar sin un documento de identidad con foto.

5. En ningún vuelo se aceptarán documentos de identidad con fotografía que hayan caducado. Si no se presenta un documento de identidad válido que coincida con el nombre de la reserva, no será posible la facturación y no se hará un reembolso de la tarifa.

Nuevas medidas de seguridad en los vuelos a/desde Estados Unidos y San Juan de Puerto Rico

A partir del 4 de Octubre del 2006, las autoridades norteamericananas permitirán a los pasajeros a/desde USA y San Juan de Puerto Rico llevar algunos líquidos, geles y/o aerosoles en el equipaje de mano en las condiciones que detallamos a continuación:

Se permitirá llevar dentro de una bolsa de plástico transparente, de 1 litro de capacidad y con cierre, elementos de aseo personal en envases de 90 ml. máximo por unidad.

IMPORTANTE: Esta bolsa tendrá que extraerse del equipaje de mano y pasará el control de seguridad independientemente.

Se permitirá llevar leche para bebés o zumo si algún bebé viaja a bordo, así como medicamentos (líquido, gel, aerosol), insulina y otras medicinas esenciales en cantidad suficiente para el vuelo.

IMPORTANTE: Está prohibido transportar otros líquidos distintos a los mencionados y que no cumplan estas condiciones, ya que en tal caso, les serán retirados. Así mismo, se seguirán realizando registros continuos enlas puertas de embarque.

Nuevas medidas de seguridad en el equipaje de mano de los vuelos con salida en cualquier aeropuerto europeo

Desde el 6 de noviembre de 2006 y en aplicación del Reglamento 1546/2006 de la Unión Europea, se ha modificado el listado de artículos prohibidos o limitados en el equipaje de mano, y se han incluido también los líquidos, geles, pastas, lociones, mezclas de sólido/líquido, pasta de dientes, champúes, sprays, espumas de afeitar, aerosoles, perfumes, bebidas, sopas y otros artículos de similar consistencia.

Como consecuencia, cada pasajero podrá llevar en su equipaje de mano sólo pequeñas cantidades de estos artículos (100 ml por contenedor), que deberán ser transportados en una bolsa de plástico transparente con cierre tipo zip, y cuya capacidad no puede superar 1 litro.

Además, estos pequeños contenedores deben quedar colocados en la bolsa holgadamente, para permitir al personal de seguridad una más fácil inspección, ya que los pasajeros deberán presentar estas bolsas por separado del equipaje de mano en los controles de seguridad.

Quedan exentos de esta restricción:

- Los medicamentos y productos dietéticos a ser utilizados durante el viaje, y de los que se podrá pedir prueba de autenticidad en los controles de seguridad.

- Los artículos adquiridos por los pasajeros en las tiendas libres de impuestos o a bordo de los aviones, y siempre que estos artículos estén contenidos en bolsas transparentes, con precinto que deje evidencia de su manipulación. En estas bolsas, que no se podrán abrir hasta destino final, se deberá incluir prueba de compra del día. Los artículos que no estén debidamente precintados podrán ser requisados por las autoridades competentes en los controles de seguridad.

- Estas normas tampoco afectan al equipaje facturado, donde los clientes podrán transportar líquidos, cremas, y el resto de artículos con textura similar como hasta ahora.

El Reglamento 1546/2006 de la Unión Europea incluye también que:

- Los pasajeros deberán quitarse las chaquetas y abrigos, que pasarán por separado por el scanner, mientras los clientes pasan por el arco detector de metal.

- Los ordenadores portátiles, y demás equipos electrónicos grandes también pasarán por separado por el scanner.

Este Reglamento se aplica a todos los pasajeros con salida o tránsito en cualquier aeropuerto de la Unión Europea*, además de Suiza, Islandia y Noruega; y son similares a las que, en la actualidad, ya están aplicando en los vuelos con salida desde los aeropuertos del Reino Unido, y en los vuelos con salida y destino los Estados Unidos. ¿En qué países se aplica el nuevo Reglamento?

El Reglamento es de aplicación en todos los aeropuertos de los Estados integrantes de la Unión Europea: Alemania, Austria, Bélgica, República Checa, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Polonia, Portugal, Reino Unido, Suecia. Y además, en los aeropuertos de: Noruega, Islandia y Suiza.

A los efectos de este documento, siempre que se hable de la “Unión Europea”, se hará referencia a todos los países a los que es de aplicación el Reglamento.

¿En qué vuelos se aplica el nuevo Reglamento?

En todos los vuelos que salgan de aeropuertos de la Unión Europea, no importa el destino o nacionalidad de la línea aérea.

Se aplica también a pasajeros en transferencia de un vuelo a otro en un aeropuerto de la Unión Europea.

Similiares medidas se aplicaran en vuelos a/desde USA.

Registro obligatorio para la entrada a Estados Unidos

A partir del 12 de enero de 2009 todos los pasajeros que tengan vuelos con destino final o escala en Estados Unidos, deberán registrarse a través de Internet para obtener una autorización electrónica, con un mínimo de 72 horas, antes de la salida de su vuelo.


Los países que deben solicitar ésta autorización son:


PAÍSES DENTRO DEL VISA WAIVER JUNIO 2008
   ALEMANIA       FINLANDIA       NORUEGA   
   ANDORRA       FRANCIA       NUEVA ZELANDA   
   AUSTRALIA       IRLANDA       PAÍSES BAJOS   
   AUSTRIA      ISLANDIA       PORTUGAL   
   BÉLGICA       ITALIA       REINO UNIDO   
   BRUNEI       JAPÓN       SAN MARINO   
   DINAMARCA       LIECHTENSTEIN       SINGAPORE   
   ESLOVENIA       LUXEMBURGO       SUECIA   
   ESPAÑA       MÓNACO       SUIZA   


Recuerda que este registro es obligatorio y es responsabilidad del cliente realizar la totalidad del trámite.


Pasos a seguir para solicitar la autorización:


  • Rellenar el formulario.
  • Enviarlo (se recibirá un número de solicitud).
  • En un período máximo de 72 horas, recibirán respuesta:
1. Authorization approved – está autorizado a viajar.
2. Travel not authorized – deberá obtener un visado de no inmigrante en la Embajada de EEUU antes de viajar.
3. Authorization pending – deberá volver a la web y actualizar sus datos para obtener de nuevo respuesta en 72 horas.


IMPORTANTE

  • Si el cliente no dispone de ésta autorización, el embarque le será denegado.
  • Una vez confirmada, deberán imprimirla y llevarla junto con su documentación (pasaporte y/o visado) ya que le será requerido por la compañía aérea.
  • La autorización será válida para un período de 2 años o hasta la caducidad del pasaporte si es inferior a 2 años a no ser que sea revocada.
  • Es válida para múltiples entradas a EEUU.
  • Si alguno de los datos cambia en futuros viajes, se deberá actualizar desde la web.
  • Es válida sólo para embarcar en el avión hacia EEUU y no garantiza la admisión en el país.


¿Qué pasajeros están obligados a obtener una autorización de viaje?

Todos los pasajeros de los países incluidos en el recuadro superior (incluidos los menores de edad) están obligados a tener una autorización de viaje aprobada antes de volar hacia Estados Unidos.


¿La autorización de viaje me garantiza la admisión a Estados Unidos?

NO.

Si tu autorización de viaje electrónica resulta como aprobada, puedes volar a Estados Unidos pero esto no te garantiza la entrada en el país.

A tu llegada a Estados Unidos, en el control de Aduanas y Fronteras, serás inspeccionado y un funcionario determinará tu admisión al país.


¿Por cuánto tiempo es válida mi autorización de viaje?

Por el momento, una vez aprobada, la autorización es válida por dos años o hasta la caducidad de tu pasaporte.

En la pantalla de aprobación de la autorización podrás ver la fecha de caducidad.


¿Cuándo necesito solicitar una autorización de viaje?

Es posible realizar la solicitud en cualquier momento antes de viajar a Estados Unidos.

Se puede acceder al registro a través de los siguientes links:


IMPORTANTE - Nueva tasa para la entrada a Estados Unidos

A partir del mes de Septiembre de 2010, en caso de viajar a los Estados Unidos, durante el proceso de cumplimentación del formulario ESTA (autorización electrónica de entrada al país), se exige un pago previo de una nueva tasa de 14 dólares.


Esta tasa es aplicable a todos los viajeros obligados a rellenar el formulario de autorización de entrada al país.


El pago de la tasa se lleva a cabo sólo a través de la web oficial del Departamento de Aduanas, al acceder a rellenar el formulario ESTA y es pago exclusivo con tarjetas de crédito o débito MasterCard, Visa, American Express o Discover. Solo una vez efectuado el pago se puede iniciar la cumplimentación del formulario ESTA.