Registro obligatorio para la entrada a Estados Unidos
De Centro de Ayuda
A partir del 12 de enero de 2009 todos los pasajeros que tengan vuelos con destino final o escala en Estados Unidos, deberán registrarse a través de Internet para obtener una autorización electrónica, con un mínimo de 72 horas, antes de la salida de su vuelo.
Los países que deben solicitar ésta autorización son:
PAÍSES DENTRO DEL VISA WAIVER JUNIO 2008 ALEMANIA FINLANDIA NORUEGA ANDORRA FRANCIA NUEVA ZELANDA AUSTRALIA IRLANDA PAÍSES BAJOS AUSTRIA ISLANDIA PORTUGAL BÉLGICA ITALIA REINO UNIDO BRUNEI JAPÓN SAN MARINO DINAMARCA LIECHTENSTEIN SINGAPORE ESLOVENIA LUXEMBURGO SUECIA ESPAÑA MÓNACO SUIZA
Recuerda que este registro es obligatorio y es responsabilidad del cliente realizar la totalidad del trámite.
Pasos a seguir para solicitar la autorización:
- Rellenar el formulario.
- Enviarlo (se recibirá un número de solicitud).
- En un período máximo de 72 horas, recibirán respuesta:
- 1. Authorization approved – está autorizado a viajar.
- 2. Travel not authorized – deberá obtener un visado de no inmigrante en la Embajada de EEUU antes de viajar.
- 3. Authorization pending – deberá volver a la web y actualizar sus datos para obtener de nuevo respuesta en 72 horas.
IMPORTANTE
- Si el cliente no dispone de ésta autorización, el embarque le será denegado.
- Una vez confirmada, deberán imprimirla y llevarla junto con su documentación (pasaporte y/o visado) ya que le será requerido por la compañía aérea.
- La autorización será válida para un período de 2 años o hasta la caducidad del pasaporte si es inferior a 2 años a no ser que sea revocada.
- Es válida para múltiples entradas a EEUU.
- Si alguno de los datos cambia en futuros viajes, se deberá actualizar desde la web.
- Es válida sólo para embarcar en el avión hacia EEUU y no garantiza la admisión en el país.
- Para más información: http://www.CBP.gov/travel
¿Qué pasajeros están obligados a obtener una autorización de viaje?
Todos los pasajeros de los países incluidos en el recuadro superior (incluidos los menores
de edad) están obligados a tener una autorización de viaje aprobada antes de volar hacia
Estados Unidos.
¿La autorización de viaje me garantiza la admisión a Estados Unidos?
NO.
Si tu autorización de viaje electrónica resulta como aprobada, puedes volar a Estados Unidos
pero esto no te garantiza la entrada en el país.
A tu llegada a Estados Unidos, en el control de Aduanas y Fronteras, serás inspeccionado y
un funcionario determinará tu admisión al país.
¿Por cuánto tiempo es válida mi autorización de viaje?
Por el momento, una vez aprobada, la autorización es válida por dos años o hasta la
caducidad de tu pasaporte.
En la pantalla de aprobación de la autorización podrás ver la fecha de caducidad.
¿Cuándo necesito solicitar una autorización de viaje?
Es posible realizar la solicitud en cualquier momento antes de viajar a Estados Unidos.
Se puede acceder al registro a través de los siguientes links:
- Link de registro: https://esta.cbp.dhs.gov
- Link embajada de los EEUU en España: http://spanish.madrid.usembassy.gov/
Importante: Nueva tasa para la entrada a Estados Unidos
A partir del mes de septiembre de 2010, en caso de viajar a los Estados Unidos, durante el
proceso de cumplimentación del formulario ESTA (autorización electrónica de entrada al
país), se exige un pago previo de una nueva tasa de 14 dólares.
Esta tasa es aplicable a todos los viajeros obligados a rellenar el formulario de
autorización de entrada al país.
El pago de la tasa se lleva a cabo sólo a través de la web oficial del Departamento de
Aduanas al acceder a rellenar el formulario ESTA, y sólo puede pagarse con tarjetas de
crédito o débito MasterCard, Visa, American Express o Discover.
Una vez efectuado el pago se puede iniciar la cumplimentación del formulario ESTA.
